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Las atribuciones
y obligaciones de la Junta Directiva son:
1. Cumplir y
hacer cumplir el Estatuto y Reglamentos de la asociación, así
como los acuerdos de Asamblea.
2. Planear, dirigir y controlar la marcha técnica,
administrativa, económica y financiera de la asociación, creando
las dependencias internas y gerencias que estime necesarias, así
como reformarlas o suprimirlas.
3. Presentar a la Asamblea General el Balance General, la
Memoria Anual y el Presupuesto Anual para su aprobación.
4. Aprobar los Reglamentos o modificar los existentes, sin
transgredir ni desnaturalizar el Estatuto.
5. Acordar los lineamientos de política institucional de la
asociación, formulando y evaluando los planes y metas de cada
año.
6. Interpretar el Estatuto en los casos no previstos por el.
7. Convocar a través de su Presidente a la Asamblea General de
Asociados.
8. Fijar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias y
la oportunidad de su pago.
9. Aprobar o desaprobar las solicitudes de los postulantes a
nuevos asociados, así como formular propuestas para la
designación de socios honorarios y definir su aceptación de
acuerdo al Estatuto.
10. Conceder distinciones, reconocimientos, premios o
nombramientos honorarios a personas naturales y jurídicas que
hayan colaborado en forma excepcional en beneficio de la
asociación.
11. Acordar la aplicación de sanciones a los asociados.
12. Nombrar, contratar, promover, sancionar y despedir a los
funcionarios y trabajadores de la asociación, así como fijarles
sus remuneraciones con arreglo a los dispositivos legales
vigentes.
13. Realizar las acciones requeridas para la obtención de
créditos a destinarse a la ejecución de obras y proyectos
institucionales.
14. Propiciar convenios para la obtención de descuentos para los
asociados en pasajes, hotelería, seguros nacionales e
internacionales de salud y todo otro beneficio que redunde en
beneficio de los asociados hábiles.
15. Concertar el apoyo económico de personas naturales y
jurídicas, acordes a los fines de la asociación.
16. Aceptar las donaciones y legados, así como gestionar
adjudicaciones y otros a favor de la asociación.
17. Designar consejos consultivos permanentes o eventuales y
reglamentar sus funciones.
18. Designar a los directores en caso de vacancias de cargos, lo
cuál será sometido a la Asamblea General para su ratificación.
19. Designar a los comités permanentes y temporales, aprobar su
reglamento de operación y nombrar a sus presidentes.
20. Publicar trabajos, resúmenes de conferencias, cursos y
cualquier otra bibliografía que contribuya con los objetivos de
la asociación, poniéndolos a disposición de los asociados y
público en general.
21. Establecer y difundir una base de datos de técnicos
especialistas para participar en asesorías en diseño, estudio de
materiales, sistemas de gerencia de pavimentos, construcción y
mantenimiento de los pavimentos.
22. Fijar el tope máximo para el porcentaje del valor de la
consultoría que será destinado como ingreso de la asociación.
23. Defender judicial o extrajudicialmente los intereses de la
asociación.
24. Otorgar poderes y facultades que juzgue necesarios para la
representación legal de la asociación.
25. Tomar las medidas necesarias y asumir la reorganización de
la institución en los casos que la Asamblea General, a su
solicitud, así lo determine.
26. Reglamentar de oficio todos los aspectos de la vida
institucional de la asociación.
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